Cuando se solicita el Ingreso Mínimo Vital, uno de los términos clave que utiliza la Seguridad Social es «imputaciones». Este concepto es fundamental, ya que está directamente relacionado con cómo se calculan los ingresos y el patrimonio de todos los miembros de la unidad de convivencia.
El objetivo es garantizar que la ayuda llegue únicamente a quienes realmente se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica. Para ello, se aplican criterios específicos que permiten valorar la situación financiera del hogar, más allá de lo que se percibe a simple vista.
¿Qué son exactamente las imputaciones para el IMV?
Las imputaciones son el mecanismo que usa la Seguridad Social para atribuir de forma justa los ingresos y bienes a una unidad de convivencia. De esta forma, se asegura que no se manipule la información económica para obtener la prestación de forma indebida.
Este proceso permite determinar:
- Si la unidad de convivencia cumple con los requisitos económicos.
- Cuál es la cuantía exacta que debe recibir.
Las imputaciones se dividen principalmente en tres tipos: ingresos, patrimonio y rentas imputadas por bienes no productivos.
1. Imputación de ingresos: ¿Qué tipos se tienen en cuenta?
Se valoran casi todos los ingresos percibidos en el año anterior a la solicitud. En algunos casos excepcionales, se analizan los ingresos del año en curso, especialmente si ha habido un cambio drástico.
Ingresos que sí se imputan:
- Rendimientos del trabajo: Sueldos, subsidios por desempleo, bajas laborales, etc.
- Rendimientos del capital: Intereses bancarios, alquileres, dividendos.
- Ingresos por actividad económica: En el caso de autónomos o empresarios, se imputan los beneficios netos.
- Pensiones y prestaciones públicas: Jubilación, viudedad, incapacidad, rentas mínimas de inserción autonómicas, etc.
- Ayudas sociales: Algunas ayudas de comunidades autónomas o entidades locales se imputan si superan ciertos límites. Por ejemplo, si el total del IMV, renta mínima y otras ayudas similares supera 1,5 veces el IPREM (unos 12.600 € en 2024), el excedente se considera renta imputable.
- Cualquier otro ingreso periódico o puntual que entre en el hogar.
Ingresos que no se imputan:
- Asignaciones por hijo a cargo con discapacidad.
- Becas y ayudas al estudio.
- Ayudas para el alquiler o compra de vivienda habitual.
- Pensiones de alimentos para los hijos.
- Indemnizaciones específicas no sujetas a tributación.
2. Imputación del patrimonio: ¿Qué bienes se tienen en cuenta?
La Seguridad Social también analiza el patrimonio neto, excluyendo la vivienda habitual. No basta con tener ingresos bajos; si el patrimonio es elevado, puede denegarse el IMV.
Activos que se imputan:
- Inmuebles que no sean vivienda habitual: Se valoran por el valor catastral o de mercado.
- Activos financieros: Cuentas bancarias, acciones, fondos, planes de pensiones, etc.
- Bienes muebles valiosos: Vehículos de alta gama, joyas, embarcaciones, etc.
- Participaciones en empresas (si no están exentas).
Bienes que no se imputan:
- La vivienda habitual del solicitante.
- Activos necesarios para una actividad profesional o económica (por ejemplo, maquinaria o local de un autónomo).
¿Cómo se calcula el patrimonio neto?
Se suman todos los bienes imputables y se restan las deudas asociadas a ellos. Por ejemplo, si tienes una segunda vivienda con hipoteca, se descuenta el saldo pendiente para calcular el valor neto imputable.
3. Imputación de rentas ficticias: ¿Qué pasa si tienes bienes que no generan ingresos?
En ciertos casos, se puede imputar una renta ficticia sobre algunos bienes. Esto ocurre si, por ejemplo, se poseen propiedades que no están generando ingresos (como un piso vacío), pero que potencialmente podrían alquilarse.
Este tipo de imputación busca evitar que personas con patrimonio relevante accedan al IMV manteniendo propiedades sin rentabilizar, mientras declaran ingresos bajos.
¿Por qué la Seguridad Social hace estas imputaciones?
El objetivo es triple:
Garantizar la equidad y evitar fraudes, asegurando que el dinero público se destine a quienes verdaderamente lo necesitan.
Determinar la vulnerabilidad económica real de la unidad de convivencia.
Calcular la cuantía adecuada del IMV, ya que se resta del umbral garantizado todo ingreso y renta imputable.