Calculadora de Complemento de Paternidad
Desde hace algunos años, los jubilados que han tenido hijos pueden acceder a un complemento en su pensión de jubilación. Esta medida, que en un principio estaba destinada exclusivamente a las madres, también puede ser solicitada por los padres en determinados casos. Si estás a punto de jubilarte o ya lo has hecho recientemente, esta información te interesa.
¿En qué consiste el complemento de paternidad en la jubilación?
El complemento de paternidad es una ayuda económica que se suma a la pensión de jubilación para reconocer la contribución de los padres y madres al sistema con la crianza de sus hijos. Este beneficio busca compensar el impacto que la maternidad y la paternidad tienen en la vida laboral de los trabajadores, asegurando que reciban una pensión justa.
Inicialmente, este complemento solo se otorgaba a las madres que hubieran tenido dos o más hijos. Sin embargo, tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los padres también pueden solicitarlo si cumplen con ciertos requisitos.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Para acceder a este complemento, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
- Haber tenido dos o más hijos inscritos en el Registro Civil.
- Haber visto afectada su carrera profesional por la paternidad, es decir, que su carrera laboral haya sufrido interrupciones o periodos de cotización reducida tras el nacimiento de los hijos.
Este complemento es compatible con otras ayudas y no requiere que los hijos sean dependientes en la actualidad.
¿Cuánto se cobra con este complemento?
El importe del complemento varía en función del número de hijos que se haya tenido. A día de hoy, las cuantías aproximadas son las siguientes:
Número de hijos | Aumento en la pensión (%) |
---|---|
2 hijos | 5% |
3 hijos | 10% |
4 o más hijos | 15% |
Por ejemplo, si una persona se jubila con una pensión de 1.200 euros y ha tenido tres hijos, podría recibir un incremento de 120 euros al mes.
¿Cómo solicitar el complemento?
El proceso de solicitud es sencillo y puede realizarse de las siguientes formas:
- A través de la Seguridad Social: Se puede solicitar en la sede electrónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en una oficina presencial con cita previa.
- En la entidad bancaria: Algunas entidades pueden ayudar a tramitar la solicitud si se cobra la pensión en su banco.
- Con la ayuda de un abogado o gestor: Si el proceso resulta complejo, es recomendable acudir a un especialista que pueda guiar en los pasos necesarios.
Para presentar la solicitud es necesario contar con el DNI, libro de familia y justificantes de cotización.
¿Y si ya estoy jubilado?
Si ya te has jubilado pero no solicitaste este complemento, no te preocupes. Existe la posibilidad de reclamarlo con efecto retroactivo de hasta cuatro años. Es recomendable contactar con la Seguridad Social o con un abogado especializado para iniciar la reclamación.
¿Hay un plazo límite para solicitarlo?
No hay una fecha límite para presentar la solicitud, aunque si la petición se realiza tarde, podría perderse parte de la cantidad retroactiva que podría corresponder. Por ello, es recomendable tramitarlo cuanto antes para no perder beneficios.