Pese a que esta ayuda desaparecerá en el mes de junio de 2024, todavía te puedes acoger al subsidio para mayores de 45 años con unas cuantías que van desde los 480 euros al mes.
Esta prestación desaparecerá, y todos los perceptores deberán acogerse a lo que es ahora el subsidio de agotamiento de la prestación por desempleo. Pero, todavía se encuentra vigente, y por lo tanto en este artículo hablaremos de cuales son los requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 45 años, las cuantías y su solicitud a través del SEPE.
Requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 45 años
Requisito | Descripción |
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Estado de Empleo | Estar en desempleo. |
Inscripción como Demandante de Empleo | Estar inscrito/a como demandante de empleo por al menos un mes desde el agotamiento de la prestación, manteniendo la inscripción durante el subsidio. |
Acuerdo de Actividad | Suscribir el acuerdo de actividad. |
Prestaciones Previas | Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo. |
Edad | Tener cumplidos 45 años al agotar la prestación contributiva. |
Nivel de Rentas | No tener rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. |
Estos requisitos deben cumplirse en el momento del hecho causante y durante todo el periodo de percepción del subsidio.
Además, existe la posibilidad de obtener el subsidio dentro del año siguiente al hecho causante si se acredita el cumplimiento del requisito de carencia de rentas.
Cuales son las cuantías a percibir en el subsidio para mayores de 45 años en 2024
La cuantía del subsidio es el 80% del IPREM, que actualmente es de 480 € al mes. Para trabajos a tiempo parcial, el subsidio se ajusta proporcionalmente.
Por ejemplo, un contrato de media jornada resultaría en un 50% del subsidio.
La duración estándar del subsidio es de seis meses, pero para trabajadores fijos discontinuos, varía según los meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Documentación y solicitud del subsidio para mayores de 45 años
Documento | Descripción |
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Modelo Oficial de Solicitud | Formulario específico proporcionado por la entidad gestora. |
Documento de Identificación | Para españoles: DNI o pasaporte; Para ciudadanos de la UE: Certificado de registro y pasaporte o ID del país de origen; Para no ciudadanos de la UE: TIE y pasaporte. |
Documento Bancario | Documento que incluya el número de cuenta bancaria del titular donde se desea recibir la prestación. |
Justificante de Rentas | Si lo solicita la entidad gestora. |
Para solicitar el subsidio, tienes un plazo de 15 días hábiles que comienza el día después de agotar la prestación contributiva. El derecho al subsidio se activa el día siguiente a este mes, siempre que se solicite en plazo.
Si se solicita fuera de plazo, el derecho comienza desde la solicitud, pero se reduce la duración del subsidio.
Las opciones para presentar la solicitud incluyen la sede electrónica del SEPE, oficinas de prestaciones (con cita previa), oficinas de registro público, o por correo administrativo.