Volver tras muchos años viviendo y trabajando fuera puede generar muchas dudas, sobre todo a la hora de acceder a ayudas o prestaciones. Por suerte, si eres emigrante retornado, existen varias opciones para solicitar subsidios, prestaciones por desempleo, asistencia sanitaria o pensiones asistenciales, siempre que cumplas los requisitos y cuentes con la documentación necesaria.
La mayoría de estas ayudas están gestionadas por el SEPE y otras entidades públicas, pero no siempre es fácil entender cuál te corresponde o cómo solicitarla. Por eso, a continuación te explicamos de forma clara qué tipos de ayudas existen, cómo se solicitan y qué necesitas tener preparado para acceder a ellas cuanto antes.
Tanto si has trabajado en países fuera del Espacio Económico Europeo (EEE), como si regresas de lugares con poca cobertura social, es muy probable que puedas acceder a una ayuda económica mensual, asistencia médica o incluso una pensión asistencial por edad. Además, existen programas especiales si superas cierta edad, has estado en países sin convenio con la Seguridad Social o necesitas apoyo urgente.
Subsidio de desempleo para emigrantes retornados: quién puede solicitarlo y cuánto se cobra
Esta es una de las principales ayudas disponibles para quienes han regresado tras trabajar en el extranjero. El subsidio para emigrantes retornados está dirigido a quienes han trabajado en países fuera del EEE o sin convenio bilateral con España y no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo.
Los principales requisitos son:
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- No rechazar ofertas laborales ni acciones formativas.
- Carecer de rentas superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Haber trabajado al menos 12 meses en los últimos 6 años en el extranjero (en países sin convenio).
- No tener derecho a paro contributivo en el momento de solicitarlo.
RAI y subsidio para mayores de 52 años: otras opciones para retornados
La ayuda tiene una duración inicial de 6 meses, aunque puede prorrogarse hasta un máximo de 18 meses si se siguen cumpliendo los requisitos.
En cuanto a la cuantía, se cobra el 80 % del IPREM, lo que equivale aproximadamente a unos 480 euros mensuales. Además, incluye el derecho a la asistencia sanitaria mientras se percibe el subsidio. Es imprescindible presentar el Certificado de Emigrante Retornado, emitido por las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
Además del subsidio general, hay otras dos ayudas importantes dirigidas a personas retornadas que cumplan ciertos requisitos:
1. Subsidio para mayores de 52 años
Este subsidio está pensado para quienes han trabajado fuera y regresan con 52 años o más desde países fuera del EEE, Australia o Suiza. Es necesario haber cotizado durante al menos 12 meses en los últimos 6 años en esos países y cumplir con otros requisitos de renta y cotización en España. Este subsidio se cobra hasta la jubilación, siempre que se mantengan los requisitos.
2. Renta Activa de Inserción (RAI)
Está dirigida a personas que:
- Han trabajado entre 6 y 11 meses en el extranjero en países sin convenio.
- Tienen más de 45 años y retornan sin derecho a otras ayudas.
- Están inscritas como demandantes de empleo y carecen de rentas.
La RAI se concede durante 11 meses y puede renovarse hasta tres veces en algunos casos. El importe también es el 80 % del IPREM. Es una buena alternativa para quienes no alcanzan los 12 meses requeridos para el subsidio tradicional, pero necesitan apoyo económico al volver.
Prestación contributiva si trabajaste en países con convenio o dentro del EEE
Si trabajaste y cotizaste en países de la Unión Europea, el EEE o Suiza, puedes sumar esos periodos de cotización a los que hayas acumulado en España para acceder a la prestación contributiva por desempleo. Para ello, necesitas presentar el formulario U2, emitido por el país de origen, y estar inscrito como demandante de empleo aquí.
Este tipo de prestación permite acceder a paro contributivo normal, con una duración que varía en función del tiempo cotizado. También da derecho a asistencia médica y otros beneficios sociales.
Este caso no aplica a retornados desde países sin convenio o fuera del EEE, que deben recurrir al subsidio de desempleo o a la RAI, según el tiempo trabajado fuera.
Ayudas extraordinarias y pensiones por razón de necesidad
Además de las ayudas por desempleo, también existen prestaciones especiales destinadas a cubrir situaciones de necesidad grave, sobre todo para personas mayores o sin ingresos al regresar:
- Prestación por razón de necesidad: para quienes retornan desde países con sistemas de protección social precarios. Se estudia caso por caso y depende del nivel de ingresos y la situación familiar.
- Pensión asistencial por ancianidad: destinada a mayores de 65 años que vuelven de países con baja protección social y no tienen ingresos suficientes para subsistir.
- Ayuda para “Niños de la Guerra”: específica para personas que fueron desplazadas durante su minoría de edad como consecuencia de la Guerra Civil y han retornado a vivir.
Estas ayudas son compatibles con otras si se cumplen los requisitos, y su tramitación depende del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. También pueden solicitarse ayudas económicas para situaciones extraordinarias derivadas del retorno, como gastos de traslado, vivienda o alimentación.
Documentación necesaria para emigrantes retornados y dónde presentar la solicitud
Para acceder a cualquiera de estas ayudas, deberás preparar una serie de documentos obligatorios, entre ellos:
- Certificado de Emigrante Retornado (CER): acredita que has trabajado fuera y cuál ha sido tu fecha de retorno. Se solicita en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
- DNI o Pasaporte en vigor.
- Baja Consular del país del que vienes.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Documentación laboral del país de origen (si aplica).
- Justificantes de rentas o ingresos.
- En algunos casos, el formulario U2 (para países del EEE/UE).
Las solicitudes se presentan, en función del tipo de ayuda:
- En el SEPE, si se trata de subsidios por desempleo, RAI o prestación contributiva.
- En el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, si se trata de pensiones por ancianidad o ayudas extraordinarias.
- En la Oficina Española del Retorno, donde también puedes recibir orientación personalizada.
- En algunas Comunidades Autónomas que ofrecen programas específicos para retornados.
Es importante inscribirse como demandante de empleo cuanto antes para no perder días de cobro. La mayoría de estas ayudas se pueden solicitar online, pero si necesitas asistencia, también puedes acudir presencialmente a una oficina de empleo o de extranjería.
