El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación clave en el sistema de protección social en España, diseñada para garantizar un nivel mínimo de ingresos a las familias y personas en situación de vulnerabilidad económica. Para 2025, se han actualizado las cuantías y se han especificado las condiciones bajo las cuales se determina el importe a recibir. Aquí te explicamos, paso a paso, cómo se calculan estas ayudas y las novedades que debes conocer.
¿Cómo se determina la cuantía del IMV?
La cuantía del IMV se calcula como la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de ingresos de la persona beneficiaria o de su unidad de convivencia. La ayuda mínima será de 10 euros mensuales, y los importes exactos varían según el número de miembros y las características de la unidad familiar.
Renta garantizada en 2025
- Para un beneficiario individual: 658,81 euros mensuales.
- Si el beneficiario tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, la cuantía aumenta en un 22 %.
Incrementos por miembros adicionales
En las unidades de convivencia, la renta garantizada aumenta en un 30 % por cada miembro adicional a partir del segundo, hasta un máximo del 220 %.
Unidad de convivencia | Cuantía mensual (€) |
---|---|
Un adulto y un menor | 856,46 |
Un adulto y dos menores | 1.054,10 |
Un adulto y tres menores | 1.251,75 |
Un adulto y cuatro o más menores | 1.449,39 |
Dos adultos y un menor | 1.054,10 |
Dos adultos y dos menores | 1.251,75 |
Tres adultos y un menor | 1.251,75 |
Cuatro adultos y un menor | 1.449,39 |
Complementos por situaciones especiales
Unidades monoparentales
Si la unidad de convivencia está formada por un único adulto con menores a cargo, se aplica un complemento adicional del 22 %. Para 2025, las cuantías serán las siguientes:
Unidad monoparental | Cuantía mensual (€) |
---|---|
Un adulto y un menor | 1.001,40 |
Un adulto y dos menores | 1.199,04 |
Un adulto y tres menores | 1.396,69 |
Un adulto y cuatro o más menores | 1.594,33 |
Discapacidad y dependencia
Si en la unidad de convivencia hay personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, se suma un 22 % adicional a la cuantía mensual.
Complemento para la infancia
Las familias con menores de edad en su unidad de convivencia recibirán un complemento mensual adicional, según la edad de los menores:
- Menores de 3 años: 115 euros.
- Entre 3 y 6 años: 80,50 euros.
- Entre 6 y 18 años: 57,50 euros.
¿Cómo afectan las pensiones y subsidios al IMV?
El importe mensual del IMV será ajustado si el solicitante o algún miembro de la unidad de convivencia recibe pensiones (contributivas o no contributivas) o el subsidio de desempleo para mayores de 52 años. En este caso:
- Si las pensiones y subsidios superan la renta garantizada, no se concederá el IMV.
- Si las pensiones y subsidios son inferiores a la renta garantizada, el IMV cubrirá la diferencia.
El reconocimiento de una nueva pensión o subsidio podrá reducir o extinguir el IMV, con efectos desde el primer día del mes siguiente al reconocimiento de la nueva prestación.
Actualización y revisión de la cuantía
La cuantía del IMV será revisada anualmente, tomando como referencia los ingresos computables del ejercicio anterior. Además, cualquier cambio en las circunstancias personales del beneficiario o de su unidad de convivencia (como la incorporación de nuevos miembros o la mejora de la situación económica) podrá implicar una modificación en el importe.
Beneficios adicionales para los beneficiarios del IMV
Los beneficiarios del IMV disfrutan de ventajas adicionales que alivian la carga económica de las familias, como:
- Exención en la aportación farmacéutica: No se requerirá el copago en medicamentos.
- Exoneración de tasas administrativas: Los menores de 14 años de familias beneficiarias estarán exentos del pago de tasas para la expedición o renovación del DNI.
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