La pensión de viudedad es una prestación vital para miles de personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, ayudando a garantizar su estabilidad económica. Sin embargo, la Seguridad Social establece varias situaciones específicas en las que este derecho puede extinguirse. Si eres beneficiario, es fundamental conocer estas condiciones para evitar la pérdida de la ayuda.
Razones Principales para la Extinción de la Pensión de Viudedad
Existen cinco causas principales por las que la Seguridad Social puede retirar esta prestación. Estas son:
1. Nuevo Matrimonio o Pareja de Hecho
Si el beneficiario contrae matrimonio nuevamente o formaliza una pareja de hecho, perderá el derecho a la pensión. La normativa considera que al establecerse una nueva relación, la necesidad económica original desaparece. Esto incluye:
- Convivencia con la nueva pareja durante al menos 5 años.
- Registro como pareja de hecho en un organismo oficial con una antelación mínima de 2 años.
2. Fallecimiento del Beneficiario
La pensión de viudedad es personal e intransferible. Por lo tanto, al fallecer el titular, la prestación se extingue automáticamente.
3. Error o Fraude en el Reconocimiento del Derecho
Si se detecta que hubo irregularidades en la declaración de la muerte del causante o si se demuestra que la persona causante no ha fallecido, la Seguridad Social retirará la prestación.
4. Comisión de Delitos Graves contra el Causante
Si el beneficiario ha causado lesiones graves al fallecido o ha sido declarado culpable de su muerte mediante sentencia firme, perderá automáticamente el derecho a la pensión.
Excepciones: ¿Cuándo Puedes Seguir Cobrándola?
Aunque estas son las principales causas de extinción, existen excepciones que permiten al beneficiario continuar recibiendo la pensión en ciertos casos específicos, incluso si formaliza una nueva relación:
- Edad: Si el beneficiario tiene más de 61 años, puede mantener la pensión aunque contraiga matrimonio.
- Discapacidad: Las personas con incapacidad permanente absoluta, gran invalidez o con una discapacidad igual o superior al 65 % también pueden seguir recibiendo la prestación.
- Dependencia Económica: Si la pensión representa al menos el 75 % de los ingresos anuales del beneficiario.
- Ingresos Totales: No superar el doble del Salario Mínimo Interprofesional (actualmente, 2.160 euros mensuales).
Compatibilidad con Otras Pensiones
La pensión de viudedad forma parte del sistema contributivo de la Seguridad Social, lo que significa que es compatible con otras prestaciones, como las de jubilación o incapacidad permanente. Sin embargo, existe un límite máximo para la suma de estas pensiones, fijado en 3.175,04 euros mensuales en 2024 y que se espera que aumente a 3.267 euros en 2025.
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