Aunque no hayas cobrado el alquiler, sí estás obligado a declararlo en la Renta. La normativa fiscal establece que deben declararse los ingresos exigibles, no los efectivamente cobrados. Esto puede parecer injusto, pero así lo marca la ley. Te explicamos cómo hacerlo correctamente para evitar sanciones y aprovechar las deducciones disponibles.
Declarar alquileres impagados: lo que dice Hacienda
Si tienes un contrato de arrendamiento y el inquilino no paga, debes igualmente declarar el importe del alquiler como ingreso en tu declaración de la Renta. Lo que importa es si ese importe era legalmente exigible, no si realmente lo has cobrado.
Ejemplo real:
Supuesto | Importe (€) |
---|---|
Alquiler mensual | 800 €/mes |
Años sin cobrar (6 meses) | 4.800 € impagados |
Ingreso exigible en la Renta | 9.600 € (todo el año) |
Gasto deducible si cumple requisitos | 4.800 € |
¿Y si no has cobrado? Esto puedes deducir si cumples los requisitos
La ley permite deducir como gasto de dudoso cobro aquellos importes que no se hayan percibido, pero solo si se cumplen ciertas condiciones:
- Que hayan pasado más de 6 meses desde el primer intento de cobro (burofax, requerimiento, etc.).
- Que el inquilino esté en concurso de acreedores.
- Que hayas iniciado acciones judiciales para reclamar la deuda.
Para los ejercicios fiscales 2020 y 2021, el plazo exigido fue de solo 3 meses. En 2025 y siguientes, vuelve a ser de 6 meses.
Si cumples estos requisitos, podrás deducir el importe como gasto en la misma declaración en la que declaras el ingreso exigible.
¿Cómo declarar correctamente el alquiler impagado?
Este es el procedimiento:
- Declara el total del alquiler pactado en contrato como ingreso anual, aunque no lo hayas cobrado.
- Resta el importe impagado como gasto deducible, si cumples las condiciones anteriores.
Importante: Si años después llegas a cobrar esas rentas, tendrás que declarar ese ingreso en el ejercicio en que se produzca el cobro.
¿Puedo aplicar la reducción del 60% aunque no haya cobro?
Sí, si el alquiler estaba destinado a vivienda habitual y cumples los demás requisitos fiscales, podrás aplicar la reducción del 60% sobre el rendimiento neto, aunque parte del alquiler no haya sido cobrado.
Consecuencias de no declarar un alquiler (aunque no te lo paguen)
Si decides no declarar el alquiler porque el inquilino no paga, te arriesgas a:
- Sanciones de entre el 50% y el 150% del importe no declarado.
- Intereses de demora sobre los impuestos impagados.
- Posibles inspecciones o requerimientos de la Agencia Tributaria.
Por tanto, aunque no hayas cobrado, lo recomendable es declarar los importes exigibles y deducir los impagados si procede.